Independientemente de la cantidad recibida, estos ingresos deben integrarse en la base imponible del IRPF, IS y/o en el IVA, según corresponda, reflejando fielmente la actividad económica del contribuyente.
La Ley establece la obligación de los contribuyentes de declarar todas sus rentas, sin distinción del medio por el cual se hayan percibido. Asimismo, el RD 1065/2007 de 27 de julio, sobre gestión e inspección tributaria, refuerza el mandato de control y declaración de todas las transacciones económicas.
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