Videovigilancia Cámaras En Comunidades De Propietarios

Para la instalación de cámaras en zonas comunes será necesario el acuerdo de la Junta de Propietarios. Este acuerdo también será necesario para la instalación de cámaras en las piscinas comunitarias.

Previamente a su puesta en funcionamiento, se elaborará el registro de actividades referido en este tratamiento (documento interno). Se instalará en los distintos accesos a la zona videovigilada, y en lugar visible, uno o varios carteles que informen de que se accede a una zona videovigilada.

  • Las cámaras solamente podrán captar imágenes de las zonas comunes de la comunidad.
  • No podrán captarse imágenes de la vía pública.
  • El acceso a las imágenes estará restringido a las personas designadas por la comunidad.
  • El sistema de grabación se ubicará en un lugar vigilado.
  • Las imágenes serán conservadas durante un plazo máximo de un mes desde su captación.

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