Para la instalación de cámaras en zonas comunes será necesario el acuerdo de la Junta de Propietarios. Este acuerdo también será necesario para la instalación de cámaras en las piscinas comunitarias.
Previamente a su puesta en funcionamiento, se elaborará el registro de actividades referido en este tratamiento (documento interno). Se instalará en los distintos accesos a la zona videovigilada, y en lugar visible, uno o varios carteles que informen de que se accede a una zona videovigilada.
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