Empleadas de Hogar

Nuevos derechos laborales para las trabajadoras al servicio del hogar y de servicio de ayuda a domicilio

Este RD reconoce derechos esenciales como la vigilancia de la salud, medidas de seguridad en el trabajo, y formación gratuita. También se regulan las condiciones para el Servicio de Ayuda a Domicilio, requiriendo visitas presenciales para evaluar los riesgos laborales. Nuevos derechos a la prevención de riesgos laborales en el empleo del hogar familiar. Este RD 893/2024 recoge los siguientes derechos para las personas trabajadoras empleadas:

  • Derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo
  • Derecho de información, formación, participación y paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud.
  • Derecho de paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud
  • Derecho a la vigilancia de su estado de salud

OBLIGACIONES PARA LAS PERSONAS EMPLEADORAS

  • Deber de evaluación de riesgos y adopción de medidas preventivas en el empleo doméstico.
  • Deber de proporcionar equipos de trabajo y equipos de protección individual
  • Obligación de poner a disposición de la persona trabajadora toda la información necesaria en relación a los riesgos para la seguridad y salud del trabajo que desempeñan.

Escribe un comentario

You must be logged in to post a comment.