Hojas de Reclamaciones

Existe la obligación de entregar la hoja de reclamaciones cuando surja una controversia entre empresa y consumidor o usuario.

El consumidor o usuario tiene derecho a interponer una reclamación de dos formas distintas:

  1. Solicitando que se le facilite una hoja de reclamaciones, cuya entrega será obligatoria, inmediata y gratuita, aunque la parte reclamada no haya llegado a realizar entrega de bienes ni prestación de servicios alguna.
  2. En el caso de que la entidad reclamada no le facilitara la hoja oficial de reclamaciones, no le recogiera la hoja una vez rellena o bien careciera de ésta, el consumidor podrá reclamar utilizando cualquier medio que permita acreditar la presentación de su queja o reclamación, en utilice la hoja oficial.

 

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