El objeto del presente Plan de Prevencion Penal es servir de manera eficaz a la prevención de delitos de la empresa.
Su fundamento es el implantar y ejecutar eficazmente modelos de organización y gestión que incluyan medidas de vigilancia y control idóneas para prevenir delitos o para reducir de forma significativa el riesgo de su comisión.
Para lograr esta exención se debe implantar en la empresa un sistema o modelo de prevención de delitos (prevención y control) que debe responder a unas pautas, contenidos y metodologías concretas.
El modelo (el Plan de Prevencion Penal) debe ser eficaz e idóneo (requisitos básicos) adaptado a la actividad concreta de la empresa, el mismo conlleva una gestión y seguimiento posterior a su implantación.
En la práctica, esto significa que se debe huir de formalismos (no sirve de nada tener la documentación si luego no hay un proceso de seguimiento), el modelo debe estar exhaustivamente hecho a la medida y naturaleza de la empresa.
Aprobación de un código ético que sirva como base a partir de la cual se instrumente la cultura de cumplimiento (políticas) y dentro de esta el compromiso real de implantación del sistema o modelo de prevención de delitos.
Elaboración de un mapa de riesgos penales de la empresa. Significa identificar, analizar y evaluar los 27 tipos delictivos que establece el Código Penal para los modelos de prevención y control de delitos y determinar qué grado de exposición al riesgo que tiene la empresa respecto de estos. De aquí obtenemos la probabilidad e impacto en el negocio, la economía y la reputación de la empresa.
Del resultado de la evaluación anterior, valorar la implantación de controles en el caso de que se detecte la necesidad real de cara a prevenir posibles delitos en el desarrollo de la actividad de la empresa.
Esencial para el buen funcionamiento del modelo, la existencia dentro de la empresa de una persona responsable del seguimiento del modelo.
Acompaña la implantación, la incorporación de un canal ético o de denuncias, un comité ético, así como el establecimiento de un régimen disciplinario para el caso de incumplimientos.
Como condición básica precisa formación continua de los trabajadores de cara a exigirles el conocimiento y cumplimiento del modelo.
En el Grupo Asturconsulting disponemos de un área especializada en la asesoría y asistencia jurídica, si desea obtener información adicional, consúltenos sin compromiso.
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