25 noviembre, 2016 Por Administrador No hay comentarios aún
La pluriactividad se define como la situación en la que se realizan dos o más actividades laborales que obligan a cotizar en más de un Régimen de la Seguridad Social.
Lo primero que hay que tener claro es que es compatible, por tanto, tener un contrato por cuenta ajena y consiguientemente estar dado de alta en el Régimen General, y al mismo tiempo estar dado de alta en autónomo y ejercer profesional o empresarialmente otras actividades económicas por cuenta propia.
Bonificaciones para nuevos autónomos en situación de pluriactividad
Las bonificaciones se plasman en una reducción de las bases de cotización. En 2016, esos autónomos podrán reducir su base de cotización de la siguiente manera:
No obstante, si lo desearan, podrán optar por una base de cotización superior hasta llegar a las bases máximas de cotización.
Requisitos:
Esta bonificación será incompatible con cualquier otra como por ejemplo la tarifa plana de 50 euros. Aunque si se tiene derecho a ella, el autónomo podrá elegir cual prefiere.
Las bonificaciones por pluriactividad se deben solicitar en el momento de darse de alta como autónomo en la Seguridad Social.
C/ ANTOLÍN DE LA FUENTE CLA, Nº8 33210 – GIJÓN (Asturias)
Teléfono 985 161 323 · Fax 985 141 020
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