Entra en vigor la ley que elimina la prevalencia por defecto del apellido del padre al inscribir a los hijos.
Los progenitores tendrán que ponerse de acuerdo o el registrador civil lo hará por ellos, pero sin que el del varón tenga preeminencia por defecto. Esta medida persigue “la absoluta igualdad entre progenitores”, según el Ministerio de Justicia.
La reforma del Registro Civil obliga a que los padres hagan constar expresamente el orden de los apellidos en la solicitud de inscripción en el plazo de tres de días.
Como siempre, no dude en consultarnos en caso de tener dudas al respecto.
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