Sanciones graves en la contabilidad

Anticiparnos para reducir sus riesgos, es nuestro sello de empresa.

Dirigido a personas que llevan la contabilidad interna o externa con otras asesorías. (Entrada en vigor 01/01/2017):

  • Constituye infracción tributaria el incumplimiento de obligaciones contables y registrales.
  • La inexactitud y omisión de operaciones en la contabilidad o en los libros y registros exigidos.
  • La utilización de cuentas con significado distinto del que corresponda.
  • El incumplimiento de la obligación de llevar o conservar la contabilidad.
  • La llevanza de contabilidades distintas referidas a una misma actividad y ejercicio económico.
  • El retraso en más de cuatro meses en la llevanza de la contabilidad o en los libros y registros establecidos.
  • La autorización de libros y registros sin haber sido di

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